Con motivo de la llegada del periodo estival, el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas de España (CGCOO) advierte que uno de cada cuatro conductores presenta una deficiencia visual, por lo que recomienda acudir a un establecimiento sanitario de óptica para evaluar y controlar la visión antes de ponerse al volante durante las vacaciones de verano.
La importancia de someterse a una revisión está recogida en el Reglamento General de Conductores, que contempla la evaluación de las capacidades visuales para la obtención o prórroga del permiso o licencia de conducción. En este documento se establece que la exploración psicofísica debe incluir el control de funciones como la agudeza y el campo visual, la sensibilidad al contraste, y la buena motilidad palpebral y del globo ocular.
Del mismo modo, tiene muy en cuenta el deterioro progresivo o agudo de la capacidad visual y determina que las enfermedades oculares, como cataratas, glaucoma o retinopatías, que provocan una pérdida progresiva de la capacidad visual y que no permiten alcanzar los niveles de agudeza visual establecidos, impiden la obtención o prórroga del carné de conducir.
“El óptico-optometrista juega un papel fundamental en solucionar los problemas de visión como los errores refractivos y en la detección precoz de algunos de estos problemas visuales que pueden resultar decisivos a la hora de conducir con la mayor seguridad. En concreto, una revisión rutinaria evaluará el estado refractivo del individuo, es decir, verificará si es miope, hipermétrope, astígmata o, si supera los 40 años, si tiene presbicia”, explica el presidente del CGCOO, Juan Carlos Martínez Moral. “Un control periódico del sistema visual es tan importante como el estado de la carretera o el del vehículo”, añade.
Seguridad vial y salud visual
En el marco de su campaña para concienciar a la población en la importancia de revisar la salud visual de forma periódica, y sobre todo antes de un viaje, la entidad colegial advierte que, con la llegada del verano, los días más largos y el comienzo de las vacaciones, se multiplican los desplazamientos en coche y, como consecuencia, también se incrementa el número de accidentes. Muchos de ellos son debidos a problemas visuales sin corregir del propio conductor, pero también se producen por no llevar la protección adecuada cuando se está al volante. De hecho, en torno a un 45% no utiliza gafas de protección solar homologadas cuando conduce.
En este sentido, los problemas visuales y oculares están condicionados por la luminosidad de la escena y la salud visual del conductor. Por ello, si el conductor no cuenta con una graduación adecuada al efecto refractivo que presenta y no utiliza gafas o lentes de contacto, se dificulta la visión nítida a distancia. A esto hay que sumarle el porcentaje de personas con alteraciones en la visión nocturna, que en los últimos años ha aumentado considerablemente debido al envejecimiento.
Disposiciones de la DGT sobre el uso de gafas y lentes de contacto
A principios de año entró en vigor una nueva normativa que deben cumplir todos los conductores que usan gafas o lentes de contacto. El punto más relevante establece que los conductores con defectos visuales pueden ponerse al volante siempre que cuenten con la corrección óptica para compensar el defecto refractivo.
Entre las disposiciones se incluyen llevar siempre las gafas o lentes de contacto a la hora de conducir con el objetivo de tener una visión correcta. En caso de ser présbitas y utilizar elementos compensadores de la visión, utilizar unas gafas con lenes bifocales, progresivas, o bien lentes de contacto multifocales, para ver mejor la carretera y el cuadro de mandos del vehículo.
Si se toma algún fármaco que pueda alterar la visión, habrá que seguir los consejos médicos y, además, evitar la conducción. De hecho, la DGT no recomienda conducir tras un examen ocular con dilatación de pupilas hasta que no pase el efecto de la medicación.
Por último, según la normativa de uso de gafas o lentes de contacto, en el carné de conducir, en la parte trasera, existe un apartado de ‘Observaciones’ donde según el código, se indica qué elementos compensatorios se deben utilizar (01.01 para gafas, 01.02 para lentes de contacto y 01.06 para lentes de contacto o gafas).